Hola Amigos: revisando la reglamentación de las competencias de MTB de
El artículo 1.7.3 de la reglamentación chilena señala " Las ruedas de las bicicletas deben tener imperativamente un diámetro que no sobrepase las 26 pulgadas."
Esta normativa está en abierta contravención con la reglamentación internacional de la U.C.I. que señala en su norma número 4.1.039 lo siguiente: “The diameter of bicycle wheels may not exceed
En este sentido
Pero la prohibición también está presente en Argentina, donde para el “Rural Bike” también está prohibido el aro de
Nosotros esperamos que esta anticuada reglamentación sea enmendada en un corto plazo para el progreso del MTB chileno y su pluralidad.
1 comentario:
No se les habrá dado vuelta el 9 y lo leen como 26? :P
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